La Policía acudió hasta un minimarket ubicado en una gasolinera en el sector de el Tablón en la vía Colta-Pallatanga. En el sitio se denunció que una mujer de 59 años de edad habría ingresado hasta el establecimiento a las 05:00 del domingo 9 de Octubre.
La mujer le habría dado una bebida al propietario, posterior este perdió el conocimiento por lo que los trabajadores del lugar retuvieron a la involucrada hasta que llegue la Policía. Al revisarla se le halló dos teléfonos celulares y la cantidad de $58.00, la detenida fue puesta a órdenes dea autoridad competente. Mientras que el propietario del lugar fue trasladado hasta el Hospital Militar para una valoración médica.
DATOPor qué se tapa el rostro de la detenida?En Ecuador, siempre rige primero el principio de inocencia. Es un principio jurídico penal que establece la inocencia de la persona como regla.Solamente a través de un proceso o juicio en el que se demuestre la culpabilidad de la persona, podrá el Estado aplicarle una pena o sanción.
La presunción de inocencia es una garantía consagrada en la Declaración Universal de los Derechos Humanos. El abogado Luis Poma señala que «al momento de la detención de una persona mostrar el rostro del presunto infractor sería imputar popular y comunicacionalmente la atribución de la materialidad y responsabilidad al detenido, vulnerando así el principio antes mencionado, sin analizar de fondo el derecho a la dignidad y al buen nombre».
Poma aclaró que existen excepciones para poder viralizar el rostro de un posible responsable del cometimiento de un delito»Cuando existe la orden de captura a nivel nacional o internacional» acotó Poma.


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