Estudiantes deberán desarrollar un proyecto a cambio el examen supletorio

EDUCACIÓN. De acuerdo a la Ley de Educación, si un estudiante “hubiere obtenido un puntaje promedio anual de cinco (5) a seis coma nueve (6,9) sobre diez como nota final de cualquier asignatura, podrá rendir un examen supletorio acumulativo (…)”.

Sin embargo, por causa de la pandemia el Ministerio de Educación Pública se ajustó a la realidad del país y determinó que debido al contexto actual ocasionado por la Covid-19, “la evaluación acumulativa correspondiente al supletorio consistirá en el desarrollo de un proyecto que integre los contenidos de la asignatura, según corresponda, adaptado a las circunstancias específicas de cada entorno, entregado por el docente de la o las asignaturas, quien dará la temática y directriz para la elaboración del mismo al estudiante o grupo de estudiantes. Esta metodología se aplicará al examen remedial y al de gracia.

Es necesario que el o la docente determine un proceso de refuerzo académico con el estudiante para esclarecer los aprendizajes no alcanzados, previo al desarrollo del proyecto o trabajo escrito (supletorio, remedial, de gracia); se recomienda que la extensión del proyecto contemple una semana de trabajo del estudiante.

La Ministra de Educación María Brown Pérez señaló que estos lineamientos permitirán que los estudiantes no pierdan el año lectivo, pues los tiempos de pandemia y el sistema de educación telemática pudo haber afectado a muchos estudiantes en sus puntajes.

La ministra Brown ratificó que “este año lectivo no habrá pérdidas de año, se mantiene esa normativa vigente, tenemos que estar conscientes que estamos en una emergencia sociosanitaria y existen diversos grados de adquisición de aprendizajes de los estudiantes“.

Cabe señalar que el Artículo 214.1 especifica que: “Los exámenes supletorios, remediales y de gracia, se aplicarán a los estudiantes a partir del 8vo año de Educación General Básica”.

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