El prefecto de Chimborazo, , enfrenta una nueva sanción impuesta por el órgano jurisdiccional electoral dentro de la causa Nro. 582-2025-CTE, en la que se ordena el pago de una multa equivalente a 25 salarios básicos unificados y la suspensión de sus derechos de participación por seis meses.
Según el punto tercero de la sentencia, Tayupanda deberá cancelar la multa dentro del plazo de seis meses contados desde la ejecutoria del fallo, mediante depósito en la cuenta del Consejo Nacional Electoral. La resolución advierte que, en caso de incumplimiento, el organismo electoral podrá iniciar el cobro por la vía coactiva, conforme al artículo 299 del Código de la Democracia.
Asimismo, el punto cuarto de la resolución dispone la suspensión de los derechos de participación del prefecto por el término de seis meses, sanción que empezará a regir una vez que la sentencia quede ejecutoriada.
Esta decisión judicial constituye una nueva sanción electoral para la autoridad provincial. Con este fallo, Hermel Tayupanda acumula una nueva suspensión de derechos de participación, luego de que anteriormente ya fuera sentenciado con la pérdida de estos derechos por 90 días en otro proceso.
La resolución deberá cumplirse una vez que cause ejecutoria y podrá ser objeto de los recursos previstos en la legislación electoral, mientras no se encuentre en firme.
Con esta nueva decisión, el prefecto suma otro proceso sancionatorio dentro de la jurisdicción electoral, en un contexto que continúa generando atención sobre la administración provincial y sus implicaciones políticas.


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